lunes, 29 de agosto de 2011

DÍA MUNDIAL HUMANITARIO: PERSPECTIVAS DE LA ACCIÓN HUMANITARIA EN COLOMBIA A LA LUZ DE LA LEY DE VÍCTIMAS

El 19 de agosto de 2003, veintidós trabajadores humanitarios, entre los que estaba el Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas, perdieron la vida como consecuencia de un bombardeo en el Hotel Canal en Bagdad, Irak. Este hecho cambió de manera irreversible la situación de seguridad en la que nos desenvolvemos los trabajadores humanitarios. En el pasado, las personas que trabajaban para brindar asistencia eran respetadas y no se convertían en objetivo de ataques.

A partir de este lamentable hecho, en diciembre de 2008, la Asamblea General determinó que el Día Mundial de la Asistencia Humanitaria sería el 19 de agosto de cada año:
▪ Para contribuir con el aumento de la conciencia pública sobre el trabajo humanitario y la importancia de la cooperación internacional.
▪ Para rendir tributo a todo el personal humanitario, de las Naciones Unidas y asociados que han trabajado en la promoción de la causa humanitaria.
▪ Y para recordar a aquéllos que han perdido la vida en el ejercicio de sus funciones.

Hoy 19 de agosto de 2011, se conmemora este día alrededor del mundo con el lema “Ayudarse unos a otros”, porque todos podemos ser humanitarios, las comunidades, las organizaciones e instituciones locales, y la sociedad en general puede construir una red de solidaridad para apoyar a quienes día a día son afectados por emergencias y desastres.


En esta ocasión, el Nodo Cali del Instituto de Estudios Humanitarios ha querido dedicar este día a un esfuerzo articulado –IEH Nodo Cali, Comisión Vida, Justicia y Paz, Universidad Javeriana- que ha sido denominado “Perspectivas de la acción humanitaria en Colombia a la luz de la ley de víctimas”; dando continuidad al proceso de formación y difusión llevado a cabo durante los últimos seis meses a través del Seminario Permanente “Víctimas: Sujetos de derechos”; el cual tiene como fin abrir un espacio de discusión que permita a su vez ampliar los conocimientos respecto a temas humanitarios y su consideración en el marco del contexto normativo actual.

La ley 1448, sancionada el pasado 10 de junio de 2011, “por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las victimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones", contempla y regula las necesidades inmediatas de ayuda humanitaria, atención y asistencia, definidas como medidas independientes a la reparación integral de las víctimas, sin embargo, y como afirmó el Secretario General de las Naciones Unidas Ban Ki-moon; “la tarea acaba de comenzar y no basta con una buena ley, las expectativas que ha generado la ley se cumplirán si se aplica debida y oportunamente”, el Estado se enfrenta entonces a grandes retos, y es deber moral de la sociedad en general, y en especial de los actores humanitarios y académicos, acompañar y analizar este proceso.


MARTHA NUBIA BELLO
Trabajadora Social, docente y coordinadora del Programa de Iniciativas Universitarias para la Paz y la Convivencia de la Universidad Nacional. Investigadora de la línea de impactos psicosociales del conflicto en el área de memoria histórica de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación.


El análisis en torno a la ley de víctimas y la acción humanitaria debe de considerar siete elementos:
1. MAGNITUD:
El reconocer cuatro millones de desplazados y cincuenta mil desaparecidos es todo un reto, si se considera que la ley de víctimas en diez años debe de atender a 1500 víctimas al día.
2. TIEMPO:
No hay un hito histórico que permita diferenciar entre tiempos de guerra y tiempos de paz; el recuento de 26 años no brinda criterios que permitan identificar ¿A cuál víctima se prioriza?
3. BARBARIDAD:
La degradación del conflicto, ha hecho que el sufrimiento y el dolor no sean suficientes para ser sujeto de reparación, se requiere de estar “enfermo” para conseguirlo.
4. MÚLTIPLES ACTORES Y SECTORES:
No hay claridad en relación a los actores y los financiadores, ya que estos pasan de un grupo a otro, y se encuentran en múltiples lugares.
5. GUERRA Y RIQUEZA:
¿Por qué la pobreza en un país que se declara prospero?, ¿Por qué pedir asistencia humanitaria?
6. GENERALIDAD Y SELECTIVIDAD:
Los efectos del conflicto recaen sobre un grupo delimitado de la población, lo cual permite que la mayoría de ciudadanos manifiesten apatía por el sufrimiento del otro. La solidaridad debe de incluir dignidad y reparación.
7. SITUACIÓN HUMANITARIA:
¿Tenemos asistencia? ¡Sí!, ¿Tenemos crisis? ¡También!.
Se deben de considerar cuatro urgencias: 1. Prevención y protección, 2. atención y acompañamiento, 3. Búsqueda y exhumación legal, y 4. Reconstrucción.
Los grupos prioritarios son los niños y jóvenes, las mujeres víctimas de violencia sexual, y los líderes sociales.

“Se requiere de ser escuchado sin ser juzgado… La rabia produce indignación, y lleva a movilizarse para exigir derechos y justicia… Es una reacción normal de las personas; en donde lo anormal es la situación que vivencian"


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